ENCARGO DEL TRATAMIENTO · ART. 28 RGPD
Acuerdo de encargo del tratamiento (DPA)
LEGAL_* y valida el paquete antes de tratar datos de clientes reales.1. Objeto y partes
Este Acuerdo de Encargo del Tratamiento (“DPA”) forma parte de los Términosentre el cliente organización (“Responsable”) y Ideapunkt Systems (“Encargado”) respecto de los datos personales contenidos en entrevistas, mensajes, audio, transcripciones, artefactos y resultados generados en Frage.
2. Detalles del tratamiento
- Finalidad: prestar el servicio de entrevistas adaptativas, transcripción, análisis y exportación según las instrucciones del Responsable.
- Duración: mientras el Responsable use el servicio y durante los plazos de retención que configure, más el tiempo mínimo necesario para eliminación segura.
- Tipos de datos: respuestas, voz/audio (si se conserva), transcripciones, metadatos de sesión, consentimiento versionado, resultados derivados.
- Categorías de interesados: participantes invitados por el Responsable; ocasionalmente usuarios internos mencionados en el contenido.
3. Obligaciones del Encargado
- Tratar los datos solo siguiendo instrucciones documentadas del Responsable, salvo obligación legal.
- Garantizar confidencialidad del personal autorizado.
- Aplicar medidas de seguridad adecuadas (art. 32 RGPD), incluyendo cifrado en tránsito, aislamiento multi-tenant y control de acceso.
- No comunicar datos a terceros salvo subencargados autorizados o requerimiento legal.
- Ayudar al Responsable a atender derechos de los interesados y a cumplir arts. 32–36 RGPD, en la medida de las funciones del producto.
- A elección del Responsable, eliminar o devolver los datos al terminar el encargo y eliminar copias existentes, salvo conservación legal.
- Poner a disposición la información necesaria para demostrar el cumplimiento y permitir auditorías razonables previo aviso.
4. Subencargados
El Responsable autoriza con carácter general el uso de subencargados necesarios para hospedar, transcribir, analizar o enviar notificaciones (infraestructura, OpenAI u otros proveedores de IA, correo transaccional). El Encargado impondrá obligaciones equivalentes de protección de datos. Ante cambios relevantes se informará al Responsable, que podrá oponerse por motivos razonables de conformidad con el RGPD.
5. Transferencias internacionales
Cuando un subencargado trate datos fuera del EEE, el Encargado procurará mecanismos del capítulo V RGPD (p. ej. CCT). Si el Responsable configura BYOK hacia un proveedor propio fuera del EEE, esa transferencia queda bajo su responsabilidad de evaluación.
6. Instrucciones e incidentes
Las instrucciones del Responsable se manifiestan mediante el uso de la configuración del producto (retención, publicación, borrado, exportación). El Encargado notificará al Responsable, sin dilación indebida, las violaciones de seguridad de datos personales de las que tenga conocimiento que afecten al contenido del encargo.
7. Responsable: garantías
El Responsable garantiza que el tratamiento que encarga es lícito, que ha informado a los interesados y que no instruirá tratamientos contrarios al RGPD. Frage no controla las preguntas ni la finalidad de negocio del Responsable.
8. Contacto
Notificaciones de privacidad: privacy@ideapunkt.example. Política general: /privacy.